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La Provincia busca reformar el Código Procesal Penal

El secretario de Justicia de la provincia, Gabriel Somaglia, anunció que el poder Ejecutivo envió este miércoles a la Legislatura un proyecto de ley con reformas a los artículos 219 y 220 de la Ley número 12.734 del Código Procesal Penal.

El secretario de Justicia de la provincia, Gabriel Somaglia, anunció que el poder Ejecutivo envió este miércoles a la Legislatura un proyecto de ley con reformas a los artículos 219 y 220 de la Ley número 12.734 del Código Procesal Penal de la Provincia, en el que se propone que los jueces puedan dictar prisión preventiva a aquellas personas que, entre otros delitos, porten armas de fuego de manera ilegal.

En una conferencia de prensa realizada en Casa de Gobierno, el funcionario explicó que el proyecto fue elaborado por los ministerios de Seguridad y de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos y “consiste en brindar, dentro del Código de Procedimiento Penal, una herramienta a los jueces para que puedan dictar prisión preventiva en aquellos hechos delictivos o circunstancias donde las personas puedan poseer o tener armas de fuego de cualquier calibre, ya sea cuando se comete el hecho delictivo, así como también cuando pretenda evadir u obstruir un procedimiento policial o judicial, como así también por su portación”.

Asimismo, Somaglia aclaró que el proyecto presentado “no dice que el delito de portación no es excarcelable: la carcelabilidad o excarcelación son facultades exclusivas del Congreso de la Nación, al que la Constitución le otorga la atribución de dictar el Código Penal. Luego, la propia Constitución delega en las provincias que estas dicten sus códigos de Procedimiento".

"Dentro de los códigos de Procedimiento existen las denominadas medidas cautelares, que son las que posibilitan que el proceso de investigación no tenga obstáculos. Precisamente, este proyecto que presenta el Ejecutivo provincial busca incorporar dentro de esas facultades la posibilidad disponer como medida cautelar excepcional dictar una prisión preventiva cuando un sujeto porta o tiene un arma ilegal”, dijo.

El secretario de Justicia recordó al respecto que el solo hecho de “tener un arma de fuego sin registrar constituye un delito, es una conducta reprimida por el Código Penal de la Nación y la provincia tiene la posibilidad de enjuiciar a quien así lo cometa”.

En ese caso, con esta herramienta que propone el proyecto de ley, “se autorizaría al juez para que dicte la prisión preventiva (al acusado) mientras se sustancia el juicio penal, siempre y cuando existan elementos de convicción suficientes parta sostener su probable autoría o participación punible en el hecho”.

El mensaje número 4962, firmado por el gobernador Omar Perotti y enviado a la Legislatura santafesina, propone que “aquellos delitos que se realicen con la utilización de armas de fuego sean susceptibles de prisión preventiva”, siendo esta medida “imprescindible para impedir posibles reincidencias posteriores del sujeto durante el proceso”.

Para ello, en los artículos 1 y 2 del proyecto se establece una modificación a los artículos 219 (punto 8) y 220 (punto 3b) de la Ley número 12.734 del Código Procesal Penal de la provincia. Concretamente, propone que se pueda imponer la prisión preventiva a un imputado “cuando el hecho haya sido cometido con arma de fuego y en caso de tenencia o portación ilegítima de arma de fuego de cualquier calibre, si el imputado hubiera intentado eludir el accionar policial, evadir un operativo público de control o, de cualquier otro modo, desobedecer, resistirse o impedir el procedimiento”.

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